En respuesta a la queja presentada el pasado 27 de septiembre por la comunidad de propietarios en relación a los prologados cortes en el suministro de telefonía que sufrieron las empresas ubicadas en el polígono durante los meses de agosto y septiembre, la Secretaría General de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Economía y Empresa ha notificado el derecho que tienen los afectados a ser indemnizados por la compañía telefónica responsable.
Concretamente los artículos 15 y 16 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de telecomunicaciones electrónicas, recogen el derecho a una compensación por la interrupción temporal del servicio telefónico o de acceso a Internet. En el caso de las personas físicas, las reclamaciones deben dirigirse a la Secretaría de Estado para el Avance Digital de manera individualizada, es decir, una por cada usuario afectado, toda vez que los expedientes y las resoluciones también serán tramitados de forma individualizada. Este trámite se puede realizar de forma telemática a través de la web de la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones: www.usuariosteleco.gob.es
En el caso de las personas jurídicas se debe recurrir a la vía judicial.