Las empresas dedicadas a actividades industriales y almacenamiento, a actividades sanitarias, infraestructuras energéticas y de transporte, centros de día, edificios que alberguen actividades comerciales, administrativas o de prestación de servicio, entre otros, están obligadas a contar con un Plan de autoprotección y a inscribirlo en el Rexistro Galego de Plans de Emerxencia (REGAPE) antes del 22 de octubre de este año.